Consultora Hipotecaria es el nexo entre los que necesitan un crédito hipotecario en condiciones razonables, e inversores que buscan la mejor rentabilidad de su capital financiero con la máxima seguridad.

 
Te damos la posibilidad de pedir un crédito hipotecario en moneda extranjera a la mejor tasa del mercado con la seguridad de los mejores profesionales en este rubro en Argentina

Tu Crédito en 5 pasos

Elegí tu crédito hipotecario


Tenés la posibilidad de optar por dos clases de créditos hipotecarios. Sistema de capital a término en el cual se recibe el capital al momento de otorgarse el préstamo con la firma de la escritura de hipoteca. El mismo se devuelve al vencimiento del plazo del crédito y se pagan servicios de interés en forma mensual.
Sistema Francés donde se recibe el capital al constituirse la hipoteca y se pagan servicios mensuales de capital e interés. En este caso al finalizar el pago de las cuotas se ha abonado todo el préstamo. Solo resta firmar la escritura de cancelación de la hipoteca.

Ver Tipos de Créditos Hipotecarios

Llamá para averiguar


En caso de estar interesado llamános y serás atendido por un representante de nuestra empresa quien te realizará algunas preguntas y te informará las condiciones y los costos de tu posible crédito. Si estás de acuerdo con los mismos y deseas seguir adelante te informará cual será la documentación que deberás reunir para poder realizar la evaluación del otorgamiento del crédito.

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Coordiná la visita


El paso siguiente será coordinar con nosotros una visita en nuestras oficinas para conocernos y hablar sobre los detalles del crédito a realizar. En la misma te entregaremos una cotización por escrito de las condiciones y costos del mismo.
En caso de estar de acuerdo y seguir adelante deberás enviarnos via mail o personalmente copia de la documentación requerida.

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Tasación


A partir de este momento y cuando lo desees coordinamos una visita a la propiedad a fin de realizar una evaluación técnico económica de la misma y de su factibilidad para ser garantía del crédito.

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Combina la fecha de firma


Cumplidos los pasos previos te confirmaremos el otorgamiento del crédito y deberás enviar a la escribanía interviniente la documentación necesaria para los trámites notariales.
Después de coordinar con la Escribanía te daremos una fecha tentativa de firma, momento en el cual recibirás el dinero del crédito. El plazo de tiempo para firmar depende de la celeridad con que se cumplimenten todos estos pasos, pero normalmente para propiedades en capital es una semana y en provincia diez días desde que se inicien los trámites notariales.

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Preguntas frecuentes sobre créditos hipotecarios privados en dólares

1¿Qué es un crédito hipotecario privado y en qué se diferencia de uno bancario?
Un crédito hipotecario privado es un préstamo otorgado por inversores particulares en lugar de un banco, con la misma garantía real: la hipoteca sobre un inmueble. La diferencia principal frente al crédito bancario es la evaluación: un banco exige recibo de sueldo formal, antigüedad laboral y encuadra al solicitante dentro de políticas estandarizadas; el crédito hipotecario privado evalúa la capacidad de pago real y el valor del inmueble en garantía, por lo que es una alternativa habitual para monotributistas, profesionales independientes o personas con ingresos informales que no calificarían en un banco.
2¿Es legal un préstamo hipotecario en dólares en Argentina?
Sí, es legal. El Código Civil y Comercial argentino permite pactar obligaciones de dar moneda extranjera (artículos 765 y 766), y cuando la escritura hipotecaria establece expresamente que el préstamo y su devolución son en dólares, esa obligación es exigible en dólares. Por eso el crédito se formaliza siempre ante escribano público, con hipoteca inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, igual que un crédito hipotecario en pesos.
3¿Quién puede acceder a un crédito hipotecario privado en dólares?
Puede acceder cualquier persona física o sociedad que sea propietaria de un inmueble libre de deudas y sin otra hipoteca vigente, y que apruebe la evaluación crediticia (Veraz) y de ingresos. No es requisito excluyente tener ingresos en blanco ni recibo de sueldo: se admite manifestación de ingresos, actividad comercial o balance societario. El requisito central es la propiedad ofrecida en garantía, ya que sobre ella se calcula el monto a financiar.
4¿Qué porcentaje del valor de la propiedad financian?
Se financia hasta el 35% del valor de tasación del inmueble ofrecido en garantía con capital a término y 45% si es con sistema francés. La tasación la realiza un tasador propio de la consultora una vez que el crédito fue precalificado, y es ese valor —no el precio de venta ni la valuación fiscal— el que determina el monto máximo del préstamo.
5¿La tasa de interés es fija o variable?
La tasa es fija durante toda la vida del crédito: se establece al firmar la escritura y no varía con la inflación, el tipo de cambio ni decisiones del BCRA, por lo que la cuota se conoce de antemano desde el primer mes.
6¿Cuál es la diferencia entre el sistema francés y el sistema de capital a término?
En el sistema francés se pagan cuotas mensuales que incluyen capital e interés, y al terminar el plazo el crédito queda totalmente cancelado. En el sistema de capital a término se pagan solo los intereses en forma mensual y el capital se devuelve íntegro al vencimiento del plazo pactado. La elección depende de si el tomador prefiere ir amortizando el capital mes a mes o concentrar ese pago al final.
7¿Cuál es el plazo máximo de un crédito hipotecario privado?
El plazo máximo es de 60 meses (5 años) bajo el sistema francés. Es un plazo sensiblemente más corto que el de un crédito hipotecario bancario tradicional, lo cual es coherente con su naturaleza: es un crédito puente o de mediano plazo, pensado para comprar, refinanciar o liberar capital de trabajo con una garantía real, no un crédito de 20 o 30 años.
8¿Cuánto tiempo pasa desde que se aprueba el crédito hasta cobrar el dinero?
Entre la aprobación definitiva y la firma de la escritura suelen pasar de 5 a 10 días hábiles para inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires, y de 15 a 25 días hábiles para inmuebles en la Provincia de Buenos Aires. El dinero se entrega en el mismo acto de la firma de la escritura de hipoteca ante escribano.
9¿Qué garantías tiene el inversor que presta el dinero?
El respaldo del inversor es la hipoteca en primer grado sobre un inmueble, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble y formalizada por escritura pública, que le da derecho a ejecutar el bien si el tomador incumple los pagos. A esto se suma que el monto prestado nunca supera el 45% del valor de tasación del inmueble, un margen que protege al inversor ante caídas del valor de la propiedad o costos de una eventual ejecución.
10¿Para qué inmuebles y zonas se otorgan estos créditos?
Se otorgan sobre inmuebles urbanos (departamentos o casas) ubicados en Capital Federal y zona norte del Gran Buenos Aires, y sobre inmuebles rurales situados en la región pampeana (provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, San Luis y La Pampa). Quedan excluidos los inmuebles afectados a explotación comercial o industrial.

Sí, es legal. El Código Civil y Comercial argentino permite pactar obligaciones de dar moneda extranjera (artículos 765 y 766), y cuando la escritura hipotecaria establece expresamente que el préstamo y su devolución son en dólares, esa obligación es exigible en dólares. Por eso el crédito se formaliza siempre ante escribano público, con hipoteca inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, igual que un crédito hipotecario en pesos.

Puede acceder cualquier persona física o sociedad que sea propietaria de un inmueble libre de deudas y sin otra hipoteca vigente, y que apruebe la evaluación crediticia (Veraz) y de ingresos. No es requisito excluyente tener ingresos en blanco ni recibo de sueldo: se admite manifestación de ingresos, actividad comercial o balance societario. El requisito central es la propiedad ofrecida en garantía, ya que sobre ella se calcula el monto a financiar.

Se financia hasta el 35% del valor de tasación del inmueble ofrecido en garantía con capital a término y 45% si es con sistema francés. La tasación la realiza un tasador propio de la consultora una vez que el crédito fue precalificado, y es ese valor —no el precio de venta ni la valuación fiscal— el que determina el monto máximo del préstamo.

La tasa es fija durante toda la vida del crédito: se establece al firmar la escritura y no varía con la inflación, el tipo de cambio ni decisiones del BCRA, por lo que la cuota se conoce de antemano desde el primer mes.

En el sistema francés se pagan cuotas mensuales que incluyen capital e interés, y al terminar el plazo el crédito queda totalmente cancelado. En el sistema de capital a término se pagan solo los intereses en forma mensual y el capital se devuelve íntegro al vencimiento del plazo pactado. La elección depende de si el tomador prefiere ir amortizando el capital mes a mes o concentrar ese pago al final.

El plazo máximo es de 60 meses (5 años) bajo el sistema francés. Es un plazo sensiblemente más corto que el de un crédito hipotecario bancario tradicional, lo cual es coherente con su naturaleza: es un crédito puente o de mediano plazo, pensado para comprar, refinanciar o liberar capital de trabajo con una garantía real, no un crédito de 20 o 30 años.

Entre la aprobación definitiva y la firma de la escritura suelen pasar de 5 a 10 días hábiles para inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires, y de 15 a 25 días hábiles para inmuebles en la Provincia de Buenos Aires. El dinero se entrega en el mismo acto de la firma de la escritura de hipoteca ante escribano.

El respaldo del inversor es la hipoteca en primer grado sobre un inmueble, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble y formalizada por escritura pública, que le da derecho a ejecutar el bien si el tomador incumple los pagos. A esto se suma que el monto prestado nunca supera el 45% del valor de tasación del inmueble, un margen que protege al inversor ante caídas del valor de la propiedad o costos de una eventual ejecución.

Se otorgan sobre inmuebles urbanos (departamentos o casas) ubicados en Capital Federal y zona norte del Gran Buenos Aires, y sobre inmuebles rurales situados en la región pampeana (provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, San Luis y La Pampa). Quedan excluidos los inmuebles afectados a explotación comercial o industrial.